
{"id":872,"date":"2016-09-30T07:16:17","date_gmt":"2016-09-30T07:16:17","guid":{"rendered":"http:\/\/sitgeslegaladvice.com\/repercusion-del-ibi-al-comprador-cuando-no-existe-pacto-expreso-en-contrario\/?lang=en"},"modified":"2020-04-22T15:11:24","modified_gmt":"2020-04-22T15:11:24","slug":"repercusion-del-ibi-al-comprador-cuando-no-existe-pacto-expreso-en-contrario","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/sitgeslegaladvice.com\/en\/repercusion-del-ibi-al-comprador-cuando-no-existe-pacto-expreso-en-contrario\/","title":{"rendered":"Repercusi\u00f3n del IBI al comprador cuando no existe pacto expreso en contrario"},"content":{"rendered":"<p>Como es sabido, el IBI es un impuesto que grava una serie de derechos, entre los que se encuentra el de propiedad, sobre un bien inmueble, ya sea r\u00fastico o urbano, en el que el sujeto pasivo es quien ostente la titularidad del derecho en el momento de su devengo. Dicho devengo se produce el primer d\u00eda del per\u00edodo impositivo, coincidiendo este con el a\u00f1o natural.<\/p>\n<p>La normativa estatal que regula este impuesto viene establecida en los arts. 60 a 77 del Real Decreto Legislativo 2\/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.<\/p>\n<p>Cuando se produce una compraventa de un bien inmueble, las partes pueden pactar la repercusi\u00f3n de dicho impuesto al adquiriente, ya sea en su totalidad o de forma proporcional, o pueden establecer la no repercusi\u00f3n, pero lo que no estaba resuelto por la jurisprudencia de forma un\u00e1nime, al existir doctrina contradictoria de las Audiencias, es lo que deb\u00eda ocurrir cuando no ha exist\u00eda pacto al respecto.<\/p>\n<p>Esta laguna jurisprudencial ha quedado resuelta tras la sentencia del Tribunal Supremo de 15 de junio de 2016, en la que el caso litigioso planteada, trata sobre la transmisi\u00f3n de 155 plazas de garaje, habiendo sido abonado el IBI del a\u00f1o en que se produjo la venta en su totalidad por el vendedor al serle reclamado por la autoridad tributaria, estableci\u00e9ndose en el contrato que ser\u00e1n por cuenta de la parte vendedora todos los arbitrios, tasas, impuestos y cualesquiera otros que se deriven de la propiedad, conservaci\u00f3n y mantenimiento de las fincas hasta el d\u00eda de hoy.<\/p>\n<p>La parte vendedora admite que es el sujeto pasivo obligado al pago, ya que era la propietaria el d\u00eda 1 de enero de 2009, momento en el que se produjo el devengo, pero considera que, pese a no existir pacto expreso al respecto en el contrato, puede proceder a repercutir al comprador la parte proporcional, bas\u00e1ndose en el tiempo en que este va a ser propietario, es decir desde el 16 de marzo de 2009, en virtud de lo establecido en el art. 63.2 de la Ley de Haciendas Locales.<\/p>\n<p>El citado art. 63, a los efectos que aqu\u00ed interesan, establece lo siguiente:<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 63. Sujeto pasivo<\/p>\n<p>Son sujetos pasivos, a t\u00edtulo de contribuyentes, las personas naturales y jur\u00eddicas y las entidades a que se refiere el art\u00edculo 35.4 de la Ley 58\/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que ostenten la titularidad del derecho que, en cada caso, sea constitutivo del hecho imponible de este impuesto\u2026<\/p>\n<p>Lo dispuesto en el apartado anterior ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n sin perjuicio de la facultad del sujeto pasivo de repercutir la carga tributaria soportada conforme a las normas de derecho com\u00fan (\u2026)\u201d.<\/p>\n<p>El Juzgado de 1.\u00aa Instancia dict\u00f3 sentencia a su favor, estimando la demanda, si bien, la misma fue revocada por la Audiencia Provincial tras la estimaci\u00f3n del recurso de apelaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Recurrida en casaci\u00f3n, el Tribunal Supremo establece, como doctrina jurisprudencial, que el art. 63.2 de la Ley de Haciendas Locales se ha de interpretar de forma que, en caso de ausencia de pacto en contrario, el vendedor que abone el IBI podr\u00e1 repercutirlo sobre el comprador, en proporci\u00f3n al tiempo en que cada una de las partes haya ostentado la titularidad dominical y por el tiempo que sea.<\/p>\n<p>Por lo tanto, a partir de este momento, los compradores de una vivienda, si no quieren que se les repercuta la cuant\u00eda proporcional del IBI en relaci\u00f3n al tiempo en que se produzca la transmisi\u00f3n, deber\u00e1n asegurarse de que se establece expresamente en el contrato de compraventa la no repercusi\u00f3n.<\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/blog.sepin.es\/2016\/09\/repercusion-ibi-compraventa\/\">Blog Sepin<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Como es sabido, el IBI es un impuesto que grava una serie de derechos, entre los que se encuentra el de propiedad, sobre un bien inmueble, ya sea r\u00fastico o urbano, en el que el sujeto pasivo es quien ostente la titularidad del derecho en el momento de su devengo. Dicho devengo se produce el&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":870,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[2],"tags":[],"class_list":["post-872","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-uncategorized"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/sitgeslegaladvice.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/872","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/sitgeslegaladvice.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/sitgeslegaladvice.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/sitgeslegaladvice.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/sitgeslegaladvice.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=872"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/sitgeslegaladvice.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/872\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1098,"href":"https:\/\/sitgeslegaladvice.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/872\/revisions\/1098"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/sitgeslegaladvice.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/870"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/sitgeslegaladvice.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=872"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/sitgeslegaladvice.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=872"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/sitgeslegaladvice.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=872"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}